Real Audiencia de Quito
En 1560, a solo 26 años de su fundación y asentamiento definitivo, donde hoy se encuentra, el Cabildo de Quito estimó del caso solicitar a la Corona Española la creación de una Real Audiencia para de esa manera lograr una cierta forma de autonomía con relación al Virreinato de Lima, al cual había pertenecido desde su creación en 1541.
Correspondiendo a dicho pedido, el 29 de agosto de 1563 Su Majestad don Felipe II expidió en la ciudad de Guadalajara, España, la Cédula Real por medio de la cual se creó la Real Audiencia de Quito, la cual, en su parte pertinente dice: “En la Ciudad de San Francisco de Quito, en el Perú, resida nuestra Audiencia y Cancillería Real, con un Presidente, cuatro Oidores, que también sean Alcaldes del Crimen, un Fiscal, un Alguacil Mayor, un Teniente de Gran Cancillería, y los demás Ministros y Oficiales necesarios, y tenga distrito la ciudad de Quito y por la Costa hacia la parte de la ciudad de los Reyes, hasta el Puerto de Paita exclusive, y por tierra adentro hasta Piura, Cajamarca, Chachapoyas, Moyobamba y Motilones, exclusive, incluyendo hacia la parte susodicha los pueblos de Jaén, Valladolid, Loja, Zamora, Cuenca, La Zarza y Guayaquil, con todos los demás pueblos que estuvieren en sus comarcas y se poblaren; y hacia la parte de los pueblos de la Canela y Quijos ha de tener los dichos pueblos con los demás que se descubrieren, y por la costa hacia Panamá hasta el Puerto de Buenaventura inclusive, y por adentro hacia Pasto, Popayán, Cali, Buga, Champnachica y Guarchicona, por que los demás lugares de la Gobernación de Popayán son de la Audiencia del Nuevo Reino de Granada, con lo cual y la Tierra Firme, parten términos con el Septentrión, y con la de los Reyes por el Mediodía, teniendo al Poniente la Mar del Sur y hacia adelante provincias aún no especificadas ni descubiertas”
(Recopilación de Indias.- Ley X, Tit. XV, Lib. 11).
Al especificar dicha Cédula Real que “…hacia la parte de los pueblos de la Canela y Quixos ha de tener los dichos pueblos con los demás que se descubriere”, y señalar más adelante que tendría como límite las “…provincias aún no especificadas ni descubiertas”, está determinando -aunque de manera no precisa- cuales serían los límites de la Audiencia, la misma que jamás podría extenderse por las riberas del Amazonas -tal cual lo presentan algunos dibujos y mapas- hacia territorios de dicha región que ya habían sido descubiertos y explorados por varios expedicionarios, entre ellos Francisco de Orellana, quien en 1542 había descubierto el fabuloso río y a quien la Corona Española había nombrado con los cargos de Adelantado, Gobernador y Capitán General de esas regiones amazónicas a las que llamó Nueva Andalucía. (x)
Desde su creación, la corona española no le dio la importancia que se merecía, y «el Rey arrendaba la Presidencia de Quito, como arrendar una granja, sin escrúpulo. El primero que la arrendó fue D. Domingo Ezeya, pero no llegó a poseerla; D. Juan de Sosaya dio por ella 20 mil pesos, y él sí la poseyó por algún tiempo. D. Juan Goyeneche, rico peruano, la arrendó también por 20 mil pesos, no para él, sino para D. Lorenzo Vicuña, o a falta de éste, para D. Santiago Larraín: no fue Presidente el primero, pero sí el segundo. D. José de Araujo y Río, peruano, también dio igual suma, (20 mil pesos), y vino también a la Presidencia. D. Juan Pío Montúfar, primer Marqués de Selva Alegre, español avecinado en Arequipa, (Perú), dio 32 mil pesos, y vino a la Presidencia. Una de las pruebas de que era nulo el interés que a la corte de España inspiraba esta infeliz colonia, es la tardanza con que un Presidente vino a ejercer su cargo: fue nombrado y tardó cinco años en venir»
(Roberto Andrade.- Historia del Ecuador, tomo I, p. 94).
A la jurisdicción de la Real Audiencia de Quito se hallaban adscritas varias Gobernaciones: La más importante era la de Quito, a la que se hallaban subordinadas -en el aspecto judicial- las gobernaciones de Esmeraldas, Quijos, Jaén, Mainas, Popayán y Pasto. Posteriormente, en el siglo XVIII se crearon las gobernaciones de Cuenca y Guayaquil. Los principales corregimientos de la Real Audiencia de Quito fueron: Otavalo, Ibarra, Quito, Tacunga (Latacunga), Riobamba, Chimbo, Cuenca y Loja, en la sierra, y Guayaquil en la costa.
En los primeros años de la colonia la economía de la Audiencia se basó principalmente en la riqueza que generaban los astilleros de Guayaquil, que eran los más importantes de la costa americana del Pacífico; también fue importante la extracción de oro de las minas de Zaruma y de los ríos del oriente, y la elaboración de sayas y bayetas que con gran habilidad tejían los indígenas del centro de la serranía. Otros rubros fueron los relacionados con la actividad agrícola -especialmente de la costa, donde se producía un cacao de extraordinaria calidad para la exportación- que también ayudaron a la evolución económica de la Real Audiencia.
Las audiencias eran, «…en primer lugar, regiones geográficas bien delimitadas, que servían de unidad administrativo-política, algo parecido a nuestras actuales provincias. En segundo término, eran asiento de un cuerpo gubernativo mixto, mitad judicial y mitad político; lo judicial estaba encomendado a los oidores, que debían ser personajes letrados, es decir, con carrera judicial y título; lo político se encarnaba en el Presidente de la Audiencia, quien representaba, sin delegación posible, a la autoridad central del Virrey y, en último término, al Rey. (Un presidente de esta clase en algo se parece a un actual gobernador de provincia). Las audiencias eran tribunales de segunda instancia, en todo lo civil y en lo penal. De paso diremos que el tribunal de tercera instancia era el Real Consejo de Indias»
(Gabriel Cevallos García.- Historia del Ecuador, p. 138).
Desde su fundación la Real Audiencia de Quito perteneció a la jurisdicción del Virreinato del Perú o Lima, que había sido creado el 1 de marzo de 1543, es decir, constituyendo parte de dicho virreinato -que tenía sus límites establecidos y de hecho la absorbía como parte de ella- y no una jurisdicción continental con límites propios.
En 1717 la Corona Española expidió la Cédula Real del 27 de Mayo por medio de la cual se la privó de su personalidad y se la anexó al Virreinato de Santa Fe (Bogotá), al que perteneció hasta que 1720 en que volvió a ser incorporada al Virreinato de Lima para, finalmente, en 1739 pasar a formar parte -de manera definitiva- de Nueva Granada (Santa Fe – Bogotá).
El Barón de Carondelet, que ejerció la presidencia de la Audiencia entre 1799 y 1806, solicitó a la Metrópoli que esta fuera erigida en Capitanía General, independiente de Lima y Santa Fe; luego de la Revolución del 10 de Agosto de 1809 y el consecuente Asesinato de los Patriotas Quiteños, en 1810, el presidente Toribio Montes, con fecha 22 de diciembre de 1814 insistió en esta solicitud, y lo mismo hizo el presidente Juan Ramírez de Orozco en 1816.
“Se indicaba la conveniencia de que Guayaquil sea la capital de la Capitanía General en vez de Quito, no porque hubiese una desigualdad cultural, de cordialidad y entendimiento entre los pueblos y provincias quiteños, sino porque era preciso que, al formarse la Capitanía General, esta quede demarcada por el desierto de Piura, en conformidad con la Real Cédula por la que se erigió la Audiencia de Quito”
(Pío Jaramillo Alvarado.- La Presidencia de Quito, Tomo II, p. 644).
(x) El notable jurisconsulto español, don Bienvenido Oliver, al emitir su dictamen en derecho respecto a la determinación del territorio de la República del Ecuador confinante con la república del Perú, en la parte relativa al examen de la Cédula de 1563, dice textualmente: “El Rey don Felipe II determinó el territorio de la nueva Audiencia por medio de cuatro grandes líneas, de las cuales tres quedaron geográficamente marcadas: las correspondientes a Occidente, Norte y Mediodía; y la otra, la Oriental, sin especificar por ser desconocidas a la sazón o no estar exploradas las regiones Confinantes”.
(Ver en «Gobernantes» la lista completa de los Presidentes de la Real Audiencia de Quito)